Hace apenas unos meses la Editorial Porrúa, en conjunción con la Escuela Libre de Derecho y con el Instituto para La Paz, publicó el libro “Mediación Temas Selectos”, en el que se incluyen interesantes estudios sobre el proceso del conflicto y los medios alternativos de solución de controversias. El contenido del libro fue resultado del Diplomado sobre Mediación, llevado a cabo en la propia Escuela Libre de Derecho en coordinación con el Centro de Justicia Alternativa del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el que participaron como alumnos prestigiados maestros de dicha Escuela, con el fin de certificarse como mediadores privados, a efecto de que los convenios que se formalicen ante su fe pública tengan efectos ejecutivos y de cosa juzgada para los mediados. Así fue que el director de dicho Diplomado, el psiquiatra Óscar Ortíz Salcedo propuso a sus alumnos que, en lugar de presentar exámenes para la acreditación del mismo, aquellos presentaran investigaciones sobre temas relacionados con la Mediación, desde la respectiva perspectiva de su práctica profesional.
Los mencionados trabajos resultaron de tan alta calidad, que una de las alumnas del Diplomado, Loretta Ortíz Ahlf, actualmente consejera de la Judicatura Federal, ofreció sus buenos oficios para lograr su publicación por la Editorial Porrúa y fue así que Óscar Ortíz Salcedo, junto con Elí Rodríguez Martínez, este último también alumno del Diplomado, actuaron como los coordinadores de este esfuerzo editorial. En el libro se diferencia con claridad la Mediación y el Arbitraje, gracias al análisis realizado por Jesús Gerardo Agustín Ortega Téllez, siendo aquella un mecanismo autocompositivo conforme al cual las propias partes construyen el acuerdo que pone fin a su conflicto, enfocándose en el futuro mejor que desean construir, en tanto que el arbitraje es un mecanismo heterocompositivo, en el cual uno o varios árbitros juzgan la actuación de las partes realizada en el pasado, para imponerles una solución a su conflicto, a través de un laudo. También se abordan en el libro los usos de la comediación en el trabajo realizado por Sofía Victoria Quintal Ramírez, en la que actúan varios mediadores de manera conjunta, aprovechando los talentos, experiencia y especialidades de cada uno de ellos, así como aspectos de la ética profesional en la Mediación y el funcionamiento del Centro de Justicia Alternativa de la Ciudad de México.

En el libro se incluye un análisis de la Mediación civil, mercantil y familiar en América Latina, desde la perspectiva del derecho comparado, y se analizan las distintas legislaciones del mundo occidental en relación con la protección de la confidencialidad en esos tipos de mediaciones. También se incluyen profundos estudios sobre la Mediación en materia financiera, la Mediación comunitaria, especialmente la Mediación escolar y la Mediación en los ámbitos deportivo y del arte en México, estos dos últimos gracias a los estudios de Lina Guadalupe Aguilar Miranda y David Hernández González. En su conjunto, el libro tiene una visión humanista de la gestión de los conflictos en el marco de una cultura de paz que pugna por evitar la violencia en la solución de los conflictos humanos a los que todos estamos expuestos, especialmente gracias al artículo de Lucía Aguilar Moreyra, intitulado “Hacia una Cultura de Paz en las Instituciones Educativas”. Para ello se hace énfasis en la necesidad de respetar los derechos humanos de los mediados y facilitarles el acceso a la justicia en un plano de igualdad, todo lo cual pretende contribuir a generar una conciencia colectiva en favor de la paz.
En el capítulo dedicado a la Mediación comunitaria, escrito por Sandra Llanet Pérez Mena, se aborda el complejo tema de gran actualidad relacionado con la Mediación energética, en la que se ven involucradas comunidades indígenas y empresas. Sobre los principios éticos que rigen la Mediación, Gonzalo Alarcón Iturbide hace notar el hecho de que no todos los mediadores tienen que ser abogados de profesión, por lo que los deberes deontológicos varían dependiendo de la profesión que se ejerce, y analiza los ejes rectores éticos de lo permitido y lo prohibido en el proceso de Mediación y se pronuncia por la necesidad de que el gremio cuente con un código de ética sobre la materia. Es de particular importancia el estudio sobre la confidencialidad en la Mediación realizado por María del Rocío González Alcántara Lammoglia, ya que es precisamente este principio el pilar que brinda la confianza a los mediados de que lo analizado en el seno del proceso de Mediación no podrá ser utilizado en su contra en ningún juicio, lo que les permite a las partes explorar creativamente posibilidades de solución al conflicto que enfrentan sin correr riesgos. En el estudio se analiza quiénes son los obligados principales conforme a este principio y quiénes son los titulares principales del derecho a no comparecer en juicio, incluyendo el papel de los terceros, todo ello a la luz de lo establecido en las diferentes legislaciones del mundo y se analizan también las excepciones a la regla general, cuando hay acuerdo entre las partes o cuando se afecta el orden público, se violenta una legislación especial, se afecta el interés superior del niño o su revelación es indispensable para evitar un daño grave.

En el estudio comparativo de Elí Rodríguez Martínez sobre la Mediación civil, mercantil y familiar en América Latina se analiza la Mediación ad hoc, así como la Mediación institucional, esto es, aquella realizada conforme a la libre voluntad de las partes y el o los mediadores, frente aquella administrada conforme a reglamentos y bajo la administración de instituciones, sean nacionales como la Cámara Nacional de Comercio o internacionales como la Cámara de Comercio Internacional. René Trigo Rizo aborda la Mediación en materia financiera y se refiere a este tipo de Mediación llevada a cabo en México a través de una autoridad, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF), a la luz de la Ley de Instituciones de Crédito, y David Ulises Guzmán Palma resuelve, desde la perspectiva filosófica y la del abordaje sistémico del conflicto, la interrogante de si el Centro de Justicia Alternativa de la Ciudad de México imparte justicia, concluyendo que más bien la Mediación procura la satisfacción de las necesidades de las partes para la resolución del conflicto, tratándola como una institución transversal que debe cubrir todas las ramas del derecho y se pronuncia en favor de los tribunales multipuertas ya existentes en otras latitudes, en los cuales las partes eligen el tipo de mecanismo para la resolución de sus conflictos, en atención a las características de los mismos. El propio coordinador de la obra, Óscar Ortíz Salcedo, incluye consideraciones desde su perspectiva como experto en terapia y psicoanálisis, incorporando el concepto de “provención” que procura la intervención de un tercero neutral en un conflicto individual, para trascender a lo social, mediante una gestión pacífica, a través de una visión sistemática del mismo.
En próximas colaboraciones comentaremos a mayor detalle algunos de los estudios contenidos en esta obra, cuya lectura es imprescindible para todos aquellos interesados en la noble institución de la Mediación.
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Es un libro extraordinario, merece gran difusión; felicidades a Toño Prida y a todos quienes colaboraron en su edición.
Excelente crónica de imprescindible libro.