Gracias al ojo clínico del Coordinador de la Comisión de Arbitraje de la Barra Mexicana, Colegio de Abogados, Francisco González de Cossío, se puso sobre la mesa una antigua herramienta para la solución de disputas, especialmente aquellas en materia inmobiliaria y de construcción, conocida como Baseball Arbitration. En efecto, mi colega especialista en Medios Alternativos de Solución de Controversias invitó a los jóvenes abogados Rodrigo Barradas y Jorge Vázquez a presentar su artículo intitulado “Baseball Arbitration as a Suitable Alternative for Construction and Real Estate Disputes”.
Se trata de un Mecanismo Alterno de Solución de Controversias que puede ser utilizado durante un proceso de arbitraje, en el que cada parte de la controversia puede presentar al árbitro una última oferta para resolverla, siendo éste quien elige una de ellas sin poder modificarla. Este mecanismo obliga a las partes a presentar propuestas realistas, simplificando el procedimiento arbitral y generalmente logrando mantener una buena relación entre ellas.
Como es sabido, cuando un conflicto humano no es resuelto mediante negociación entre las partes, éstas pueden acudir a los tribunales, o bien, utilizar alguno de los Mecanismos Alternos de Solución de Controversias (MASC), como el arbitraje o la mediación. El primero de ellos es adversarial y heterocompositivo, lo mismo que los tribunales, y la segunda es cooperativa y autocompositiva, porque son las mismas partes las que construyen el acuerdo que pone fin a su controversia, sin que el mediador las pueda juzgar ni imponerles solución alguna.
El MASC que nos ocupa el día de hoy es un antiguo mecanismo surgido en los EUA en la década de los 50 para resolver conflictos salariales entre jugadores de baseball y los dueños de los equipos. Se trata de una decisión binaria realizada por uno o más árbitros para escoger la que considera mejor, entre las propuestas finales presentadas por las partes en conflicto.
Es una figura híbrida en la que se limita la función del árbitro a escoger la propuesta de las partes que considera más adecuada, sin la posibilidad de ajustarla. También es híbrida porque recoge de la mediación el elemento autocompositivo, en virtud de que son las partes quienes construyen las posibles soluciones a su conflicto, pero en lugar de pretenderse una decisión salomónica (split the baby) derivada de las pretensiones de las partes, generalmente extremas, se incentiva la presentación de propuestas de solución razonables y razonadas. Incluso las partes pueden optar por que se realice una audiencia previa a la apertura de los sobres conteniendo sus respectivas propuestas, a efecto de que cada una justifique la razonabilidad de su respectiva propuesta.
Este Arbitraje de Baseball también toma de la mediación la entrega de position papers en los que cada parte toma posición respecto del conflicto y presenta posibles propuestas de solución, en este caso una última oferta obligatoria seleccionada por el árbitro. En este tipo de arbitrajes, igual que el mediador, el árbitro está impedido de realizar propuestas de solución, constriñéndose a imponer una de las soluciones consentida por una de las partes en conflicto.
El inicio de un Arbitraje de Última Oferta puede derivar de una cláusula previamente establecida en un contrato, o bien de un compromiso arbitral suscrito por las partes ya habiendo hecho crisis un conflicto determinado.
Esta herramienta puede ser definida por las partes de diferente manera, De Día, si las partes entregan su propuesta abiertamente al árbitro para que escoja la que le parezca más adecuada o, De Noche, si el árbitro no conoce el contenido de las propuestas de las partes sino hasta después de haber tomado posición respecto de la solución de la controversia, estando obligado a escoger la propuesta de las partes más cercana a la posición previamente adoptada por él.
También las partes pueden elegir utilizar la herramienta Por Asunto Individual, esto es, pidiendo al árbitro que escoja la mejor propuesta en cada uno de los asuntos en disputa, o bien, Por Asuntos en Paquete, escogiendo la mejor oferta global presentada por las partes. Finalmente las partes también pueden optar por aceptar Propuestas Finales Duales, esto es, dos ofertas de cada una de las partes, contando así con más alternativas de solución, Arbitraje High-Low previendo las partes, informándolo o no al árbitro, los parámetros fuera de los cuales se debe hacer un ajuste en caso de que la última oferta escogida por el árbitro resulte fuera de ellos, o bien, el Sistema Inverso conforme al cual el/los árbitro(s) presenta(n) tres laudos para que las partes descarten dos y quede uno solo, presuntamente aceptable para las partes.
Desde luego el Arbitraje de Última Oferta o de Baseball puede ser utilizado conjuntamente con otros MASC, especialmente la mediación. De hecho el estudio de Barradas y Vázquez expresamente se refiere al mecanismo conocido doctrinalmente como MEDLOA (Mediation and Last Offer Arbitration) inventado por el antiguo Presidente de la American Arbitration Association Robert Coulson. En este proceso, luego de seguirse una mediación en que se acerquen las posiciones de las partes, se acude al Arbitraje de Baseball, tal como se ha expuesto.
Entre las importantes ventajas que ofrece el Arbitraje de Última Oferta destaca que el proceso se simplifica enormemente, reduciendo costos y tiempos, y se limita el riesgo de las partes, pues aún en el caso de perder el arbitraje, se tiene la seguridad de que le será impuesta una solución realista, construida por su contraparte, que parece ser más razonable para el árbitro que la presentada por sí misma.
Desde luego este antiguo mecanismo que comienza a retomar fuerza en el mundo es más fácil de utilizar para resolver conflictos relacionados con montos económicos, tales como el incremento de rentas, o la determinación del pago de daños o del monto de comisiones, que para otros conflictos relacionados con cuestiones más abstractas, pero de cualquier manera se puede utilizar. Es función de los abogados de las partes definir el MASC más apropiado al caso concreto.
El contenido presentado en este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no necesariamente representa la opinión del grupo editorial de Voces México.
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