En los complejos tiempos que nos toca vivir, en los que enfrentamos el cumplimiento de la principal promesa de campaña de Andrés Manuel López Obrador de destruir “nuestras” instituciones, da gusto constatar que algunos de los elementos fundamentales del Estado Mexicano permanecen fuertes y dando la batalla que se espera. Es así que los ciudadanos del Estado de México y de Coahuila se aprestan para emitir sus votos en las elecciones de este domingo sin dejarse dominar por el falso presagio de que todo está decidido.
Cada uno de los que integramos la llamada sociedad civil organizada y que nos distinguimos del concepto abstracto de “pueblo” utilizado por los populistas, debemos estar conscientes de que somos nosotros quienes decidimos periódicamente quién nos debe gobernar, para poner a unos y quitar a otros según haya sido su desempeño en el uso del poder. No hay encuesta que sustituya nuestra decisión y por eso es que nadie debe dejar de votar. Como ciudadanos esa es una de nuestras principales obligaciones ineludibles y hay que cumplirlo a cabalidad.
También nos da gusto y esperanza constatar la vibrante actividad de nuestra Suprema Corte de Justicia que ha sabido mantenerse firme frente a los embates del Presidente de la República. Como un botón de muestra de esa actividad reciente están las tres Tesis de la 1ª. Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en materia de Arbitraje, que fueron analizadas el pasado miércoles en el seno de la Comisión de Arbitraje y ADR (Mecanismos Alternos de Solución de Controversias, por sus siglas en inglés) de la ICC (Cámara Internacional de Comercio, por sus siglas en inglés) por la Ministra Margarita Ríos-Farjat, Emilio González de Castilla, Rector de la Escuela Libre de Derecho y Carlos Loperena, Presidente de la mencionada Comisión.
En efecto los miembros del Capítulo Mexicano de la ICC, presidido actualmente por mi amigo y colega Claus Von Wobeser, de la mano de la Ministra y del Rector, desmenuzamos las mencionadas Tesis que han contribuido a consolidar la seguridad jurídica brindada por el Arbitraje, especialmente en materia comercial internacional. Dichas resoluciones de la Suprema Corte han evitado que las decisiones arbitrales puedan ser fácilmente anuladas por nuestros tribunales, impidiendo que la autoridad judicial interfiera en el análisis de fondo realizado por los árbitros.
Gracias a la intervención de la Corte, hoy está claro en México que la judicatura está impedida de efectuar un control del contenido de los laudos arbitrales y de los propios árbitros, privilegiando así la voluntad de las partes que en materia mercantil es la suprema ley de los contratos y privilegiando también la solución de los conflictos frente a posibles deficiencias formales. Es así que la Corte ha dejado en claro que no se puede exigir a los árbitros el mismo estándar requerido para los jueces al valorar las pruebas y argumentos presentados por las partes, para evitar que el Arbitraje se convierta en un recurso de apelación del laudo. De la misma manera dichas Tesis dejaron en claro que no es necesario autenticar un laudo emitido en el extranjero, salvo que se cuestione su legitimidad.
Esta seguridad jurídica brindada por la Corte al Arbitraje debería ser extendida al otro importante Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias (MASC) conocido como la Mediación, que se diferencia de aquél porque el mediador no resuelve la controversia con una decisión impuesta a las partes, sino que facilita la comunicación entre ellas, a efecto de que las partes mismas construyan una solución adecuada al conflicto que enfrentan. En este sentido, no se entiende la razón de que la legislación actual en materia de Mediación y las propuestas de Ley General de Medios Alternativos de Solución de Controversias presentados ante el Congreso de la Unión, pretendan el control judicial de los convenios de Mediación y de los propios mediadores, pretendiendo incluso prohibir la participación de mediadores extranjeros.
Ante el grave congestionamiento de nuestros tribunales es urgente paliar la tendencia excesivamente litigiosa de nuestra sociedad mediante el uso eficiente de los MASC’s.
Este ejemplo de trabajo eficiente de nuestra Suprema Corte de Justicia pone de manifiesto la importancia de que sus ministros sean independientes de los otros Poderes de la Unión y de las fuerzas políticas, por lo que resulta imperativo que la sociedad civil organizada la proteja.
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GRACIAS TOÑO. COMO SIEMPRE MUY INTERESANTES, UTILES Y ACTUALES TUS OBSERVACIONES. UN CORDIAL SALUDO