Empresas y Derechos Humanos
Gerardo Gil Valdivia

Pensar el futuro

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El concepto tiene por objeto brindar un esquema lógico y ordenado de las responsabilidades que corresponden a la empresa, como agente económico de la mayor importancia en su entorno.

Lectura: ( Palabras)

La promoción y defensa de los Derechos Humanos es un pilar fundamental del Estado en la actualidad. Los Derechos Humanos son producto de una verdadera revolución cultural del siglo XX. Son también un valor imprescindible de la Agenda Global del siglo XXI. Desde su surgimiento en la época contemporánea se ha ido configurando el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

La primera fase de los Derechos Humanos se caracterizó por la protección de la persona frente a las fuerzas del Estado, por limitar el abuso del poder público frente al individuo. Por eso, al tratar el tema de la Empresa y los Derechos Humanos estamos frente a una materia controversial, tanto en el aspecto doctrinario como desde la perspectiva ideológica y geopolítica. El concepto y los planteamientos teóricos de los derechos humanos tienen numerosos antecedentes filosóficos, políticos, jurídicos y morales. Sin embargo, la concepción contemporánea de los Derechos Humanos parte de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas de 1948. Al término de la Segunda Guerra Mundial se suscribe la carta de San Francisco, en 1945, que da nacimiento a la Organización de las Naciones Unidas, con el objeto de evitar los genocidios y atrocidades que caracterizaron a las guerras mundiales, entre ellos el Holocausto. Se aprueba la Declaración Universal de los Derechos Humanos y, a partir de ese momento, se inicia un largo proceso de creación de tratados e instrumentos internacionales que van siendo adoptados por los Estados nacionales.

Así, paulatinamente se va configurando el Derecho Internacional de los Derechos Humanos y se van estableciendo y fortaleciendo los marcos normativos nacionales en la materia. En 1966 se aprueba el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, así como el Pacto Internacional de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que fueron aprobados por México, en 1976. A nivel latinoamericano se aprobó la Convención Americana de los Derechos Humanos. Más tarde, se fueron agregando otros derechos, como los relacionados con el medio ambiente. De esta forma, se añadieron otros derechos colectivos y se fueron sumando diversas perspectivas de la problemática social como la ambiental. Así, se estableció el derecho humano a un medio ambiente sano, al agua o al desarrollo. Asimismo, se añadieron los derechos de las mujeres, de las personas con discapacidad, los derechos de los pueblos y las comunidades indígenas y de las personas adultas mayores, entre otros.

En 1993, en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena se estableció el valor igual de todos los derechos y la necesidad de que los Estados asumieran el compromiso de promoverlos activamente. Además, se hizo un llamado para que los Estados promovieran planes de políticas públicas de Derechos Humanos. Pero, la agenda de los derechos humanos ha seguido evolucionando. Frente a las nuevas realidades socioeconómicas internacionales surgió la iniciativa del Secretario General de la ONU de elaborar los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos y las Empresas. Es claro que se trata de un cambio de paradigma que ha enfrentado la inercia de la conceptualización original. En su origen, la idea era evitar el abuso del poder por parte del Estado. Pero la idea de fondo es proteger y promover la dignidad de la persona humana. Los enormes avances científicos y tecnológicos, así como la globalización financiera y comercial de las últimas décadas exigieron de nuevas formas de protección de los derechos humanos.

En realidad, ha habido profundos cambios en la conformación social en las últimas décadas. Por una parte, las políticas económicas instrumentadas en varias de las principales potencias económicas en los últimos 40 años, con la llegada al gobierno británico de Margaret Thatcher, y al estadounidense de Ronald Reagan, el establecimiento del llamado consenso de Washington, así como con la caída del muro de Berlín, la desintegración de la Unión Soviética, la liberación de los países de Europa del este y el fin de la guerra fría, entre otros factores, marcaron un redimensionamiento del Estado y estimularon la consolidación de grandes corporativos internacionales. En muchos países desarrollados, así como en economías emergentes, la crisis fiscal de los modelos de bienestar y el nuevo orden económico dominado por la globalización financiera y comercial, apoyada en las tecnologías digitales, conllevó al empoderamiento de grandes consorcios internacionales y al fortalecimiento de distintos actores económicos a nivel nacional. De igual forma, la creciente dominancia de la especulación financiera internacional sobre la economía real provocó nuevos movimientos sociales de protección de los derechos de las personas tanto en su dimensión individual como colectiva.

De igual forma, la evolución del Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha ido permitiendo desarrollar vías de protección de distinta naturaleza jurisdiccional, administrativa y política para hacer válidos estos derechos. Además, frente a la creciente presión de instituciones multilaterales como el Banco Mundial, FMI, OMC, OCDE, así como la suscripción de instrumentos internacionales para proteger la naturaleza y el ambiente, a la niñez y adolescencia, la mujer, la salud, personas con discapacidades y las personas adultas mayores, numerosas empresas reaccionaron, por convicción, presión, imagen y conveniencia. Así, en las últimas décadas se ha desarrollado el concepto de Responsabilidad Social Empresarial, la Ética empresarial, el ‘Due Diligence’, etc. Para reaccionar frente a estas nuevas realidades.

Esto es, la actitud empresarial ha cambiado profundamente desde el planteamiento de Milton Friedman, en el sentido de que la responsabilidad social de la empresa era simplemente optimizar sus ganancias, dentro del marco normativo, fiel expresión del pensamiento de la Sociedad del Mont Perelin.

El concepto de Empresas y Derechos Humanos tiene por objeto brindar un esquema lógico y ordenado de las responsabilidades que corresponden a la empresa, como agente económico de la mayor importancia en su entorno.

Empresas y Derechos Humanos

El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas presentó los pilares de los principios rectores en la materia: I) El deber del Estado de proteger a las personas de posibles violaciones a sus Derechos Humanos en relación con las actividades empresariales; II) La responsabilidad de las empresas de respetar los Derechos Humanos; III) La necesidad de mejorar el acceso a las vías de reparación de las victimas de violaciones a los Derechos Humanos en relación con las actividades empresariales.

En 2014, el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, invitó a los estados miembros a elaborar los Planes Nacionales de Acción. De igual forma, la OCDE ha elaborado las ‘Líneas Directrices para Empresas Multinacionales’. Además, la Agenda 2030 de Naciones Unidas, tiene varios de sus 17 Objetivos para el Desarrollo Sostenible directamente vinculados con la gestión empresarial, entre ellos; el Objetivo 5: Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y las niñas; el Objetivo 8: Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible; el Objetivo 9: Construir Infraestructura resiliente; el Objetivo 13: Medidas urgentes para combatir el Cambio Climático.

Buena parte de estos planeamientos están contenidos en un libro de reciente publicación, ‘Empresas y Derechos Humanos, retos y perspectivas’; en el que participamos Ricardo Sepúlveda y el autor de estas líneas, junto con 9 distinguidos especialistas que desarrollan diversos aspectos de esta problemática, como ‘El Compliance empresarial como mecanismo para hacer efectiva la protección de derechos humanos’; ‘Pueblos, comunidades y la consulta indígena’; entre otros temas. Los otros autores de los artículos y ensayos publicados son: Salvador Cárdenas Gutiérrez, Aurora Abad González, José Antonio Lozano Diez, Alejandro Sánchez Cañas, Noemi Festinher Arias, Zósimo Hernández, José Luis Armendáriz, Juan Francisco Diez y Mariclaire Acosta.

El libro fue publicado por la editorial Tirant lo Blanch. En el mismo, desarrollé el tema de la ‘Empresa frente al Cambio Climático’. En cuanto a este tema es clara la responsabilidad empresarial, no sólo frente a la regulación aplicable, sino con base a la conciencia e información tanto de los empresarios como de los directivos corporativos y de los empleados y colaboradores de la empresa. De acuerdo a la evidencia científica clara, incontrovertible y contundente, la humanidad enfrenta un grave riesgo global por el acelerado proceso de destrucción de la naturaleza y degradación del medio ambiente derivado de los esquemas de crecimiento económico que hemos utilizado desde la primera revolución industrial.

Este proceso destructivo incluye la sobreexplotación de los recursos naturales, la extinción masiva de la vida biológica, la destrucción de los ecosistemas, el cambio climático, así como otros de los límites naturales del planeta, que son las condiciones básicas para la preservación de la civilización y aun la vida humana misma. Vivimos una innovación científica y tecnológica sin precedentes en la historia de la humanidad. Estamos en la Cuarta Revolución Industrial, que se caracteriza por el Internet de las cosas, la Inteligencia Artificial, la nube de almacenamiento, entre otros avances aplicables a diferentes áreas del conocimiento. Estos avances nos dan las soluciones y la normatividad internacional y su incidencia en la legislación y las políticas públicas nacionales dan la pauta para la gestión empresarial frente a esta problemática.

Un referente fundamental es la Agenda 2030 de Naciones Unidas, así como el Acuerdo de París de 2015, para evitar el aumento de la temperatura media global a no más de 1.5°C en el curso del siglo XXI, medido desde la revolución industrial. De igual forma, se puede mencionar como representativo, entre otros acuerdos, el Marco Mundial de protección de la diversidad biológica Kunming-Montreal, de 2022; el Tratado de Alta Mar, para la protección de los océanos, fuera de las jurisdicciones nacionales; así como el Desafío del Agua Dulce para la restauración y conservación de ríos y lagos. En suma, la empresa como agente económico preponderante es fundamental en este cambio.

En materia de Derechos Humanos, hay permanentes avances y retrocesos, pero como señala el artículo 1° Constitucional, en México: ‘Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad’.

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