PANAUT, una reforma mal presupuestada y terriblemente diseñada

El padrón demandaría alrededor de 109 millones de pesos y 88 millones de pesos cada año posterior, sumando la contratación de otros 150 funcionarios más.

Imagen: En Concreto.
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Lucero Zepeda

Lectura: ( Palabras)

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) se estancó por deficiencias en el diseño legislativo y por no contar con base presupuestal.

La suspensión judicial otorgada el martes de la semana pasada, llama a la reflexión de salvaguardar el capital presupuestal del órgano regulador, debido a una pobre diseño legislativo en materia de recursos; en tanto se resuelve la inconstitucionalidad de la reforma, no existe claridad alguna sobre la suspensión de entregar datos personales y biométricos.

Tras haberse presentado una controversia constitucional ante la Suprema Corte contra la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), que ordena la creación de un registro de usuarios y titulares de telefonía móvil con sus datos biométricos, Norma Lucía Piña Hernández, ministra de la SCJN, rechazó otorgar la suspensión total contra la aplicación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil. No obstante, concedió una suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) en contra de un mandato que obligaba a esta autoridad a iniciar los trabajos para la conformación del Padrón, argumentando que no cuenta con el presupuesto necesario para llevar a cabo su implementación.

Aunque mucho se ha discutido acerca de la vulnerabilidad en la protección de datos personales de los usuarios registrados, el órgano regulador impugnó que su petición no comprometía la seguridad de los mexicanos o las instituciones; tampoco el desarrollo de la sociedad o la economía, pero en cambio, la obligación de ser parte de la construcción del PANAUT sí daña el presupuesto del IFT, que tiene un plazo de 180 días naturales desde el 17 de abril para construir estas disposiciones.

Gustavo Garduño Domínguez, profesor investigador de la Universidad Panamericana (UP), advierte que hablar de una reforma fallida es aún prematuro, sin embargo, señala que además de la suspensión por la falta de presupuesto, existe una carencia en el diseño legislativo que obstaculiza la obtención de los datos completos que debería contener el Padrón.

“Parte del éxito de este padrón es que termine de construirse, termine de diseñarse correctamente y después se conserve de forma segura. El problema es que un padrón exitoso es altamente caro, y alguien tendrá que pagar por eso porque si no, al IFT se le priva el 50% de su presupuesto anual y en consecuencia este órgano constitucional autónomo deberá ajustarse mucho el cinturón, si es que no quiere que se le cobre a alguien externo la formación del Padrón”, mencionó el académico de la Facultad de Derecho de la UP.

En su apelación, IFT había argumentado que el padrón demandaría alrededor de 109 millones de pesos de su presupuesto anual y 88 millones de pesos cada año posterior. Por otro lado, afirmó que el padrón le requerirá la contratación de otros 150 funcionarios, que significarán una nueva erogación de 150 millones de pesos.

Cabe recordar que el presupuesto de este órgano regulador de telecomunicaciones y radiodifusión es de 1,510 millones de pesos para el ejercicio del año 2021, después de dos años de recortes hechos por los diputados de la Cuarta Transformación.

El combate al delito también tiene un precio caro

Por su parte, Elena Estavillo, Directora General del Centro-i para la Sociedad del Futuro, tiene una visión diferente en cuanto al fracaso del PANAUT. Pues más allá de las disposiciones legales y presupuestales en pugna, considera que la reforma estuvo mal concebida desde un inicio, pues resulta “ineficaz y desproporcional en relación con el propósito que se busca, que es el combate al delito. Además, pone en riesgo derechos fundamentales como la privacidad y la seguridad con lo que, lejos de combatir el delito, puede facilitarlo”.

“La medida, además, no considera nuestra propia experiencia ni la de otros países, donde este tipo de acciones han fracasado en cuanto a los objetivos planteados y, por otro lado, han contribuido a fortalecer Estados de vigilancia”, menciona la Directora en referencia a los 17 países que obligan con sus leyes el registro de datos biométricos asociados a tarjetas SIM, de los cuales se destacan Afganistán, Arabia Saudita, China, Nigeria, Pakistán, Singapur, Tailandia, Uganda, Venezuela, entre otros.

“Este es uno de los mayores riesgos que plantea la creación del padrón; que no sólo pueda filtrarse voluntaria o involuntariamente, sino que los datos sean mal empleados para vigilar y controlar a la población. Su misma existencia creará un obstáculo para la inclusión digital y el acceso a las TIC, lo que amenaza profundizar la desigualdad en nuestra sociedad, puesto que los efectos son más severos en grupos vulnerables y en las mujeres”, menciona.

A experiencia de Elena Estavillo, quien además fue uno de los miembros que promovieron el amparo colectivo @AmparoProbono, este tipo de reformas se encuentran lejos de combatir delitos, ya que el proyecto “no contempla el estado actual de la tecnología que ofrece gran accesibilidad a los delincuentes en evadir el padrón, por lo que descarta que pueda tener efecto alguno en el combate al delito”.

Recordemos que no es la primera vez que se intenta conformar un instrumento similar de regulación. En 2009 se estableció el Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (RENAUT), cuya implementación fue severamente cuestionada por los riesgos que podrían sufrir los usuarios, por lo que fue eliminada en 2012.

Elaborar un análisis de riesgo antes de poner en marcha cualquier mecanismo que implique el manejo de datos personales para evitar vulneraciones a la privacidad y a otros derechos humanos, es una de las principales recomendaciones que nos da Marina San Martín Rebolloso, Comisionada Ciudadana del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personas y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (INFOCDMX).

Si bien la función del Estado es buscar mecanismos que otorguen confianza y seguridad a sus ciudadanos, la Comisionada asegura que el PANAUT supone riesgos para las personas en sus derechos a la privacidad. Se prevé que la base de datos del padrón contendrá: el número de la línea telefónica móvil asociado al nombre del usuario, su nacionalidad, su número de identificación oficial con fotografía o CURP, su domicilio, y sus datos biométricos o los del representante legal si fuera persona moral; sin embargo, la seguridad de que estos datos no sean mal utilizados es nula.

“No está claro el nivel de protección que tendrá dicha base. Los usuarios perdemos control de lo que pasará con nuestra información, pues será recabada por los concesionarios y el IFT será el encargado de operar el PANAUT; así como las autoridades de justicia podrán consultarlo, sin que al momento existan reglas claras de cómo se llevará a cabo todo ese proceso”, afirmó la Comisionada.

El amparo es sólo un paliativo

Aun cuando el amparo ha sido una herramienta útil para detener hasta cierto punto la aprobación total del Padrón, Marina San Martín lamentó que el Juez Primero desechó las demandas de amparo, porque al parecer no se ha generado un daño a nuestros derechos al no haber comenzado la operación del padrón porque no existen lineamientos que lo regulen.

“La Corte negó la suspensión requerida por el INAI y por los Senadores, al señalar que la entrada en vigor de la reforma no genera aún afectaciones a los derechos, dado que la obligación de entrega de datos personales será hasta que se expidan las disposiciones administrativas que pongan en funciones al PANAUT”, dijo.

No obstante y ante las diversas interpelaciones, la Comisionada se mantiene positiva en que las personas ejercieran sus medios de defensa, pues es reflejo de una participación ciudadana activa y consciente de que sus derechos deben ser respetados.

Aunque ante los juzgados federales mexicanos la reforma no ha podido ser frenada en su totalidad, sin duda existe la posibilidad que el PANAUT pueda ser impugnado y los jueces federales puedan emitir suspensiones provisionales y definitivas, pero hasta el momento, deben esperar a que se cumplan los plazos marcados en la reforma para que dicho Padrón se establezca en el país.

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