México tiene un territorio insular considerable que configura parte significativa del patrimonio nacional. Conforme a información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la superficie total actual es de 5.11 millones de kilómetros cuadrados, incluyendo la Zona Económica Exclusiva de 3.5 millones de km cuadrados; de esta totalidad el 0.3% corresponde al territorio insular, disperso en 4,542 km², integrado por más de 600 islas, cayos y arrecifes. De las primeras existen 82 pobladas por 294,855 personas. La mayoría de los habitantes se localizan en las tres islas más grandes territorialmente hablando, como son la Isla Tiburón (1,199 km²), la de Ángel de la Guarda (930 km²), ubicadas en el Golfo de California o Mar de Cortés; y Cozumel (467.9 km²), la más poblada y situada a poco más de 50 kilómetros de Cancún en el Caribe mexicano.
Esta enumeración estadística del islario nacional nos da idea de las posibilidades y el potencial que tiene México para el desarrollo de proyectos turísticos sustentables, viables en aquellas islas aún no comprendidas como lugares propicios para realizar, como lo han hecho y hacen múltiples naciones en el mundo, acciones de fuerte impacto como un día lo fueron Acapulco, Cabo San Lucas, Cancún, Ixtapa-Zihuatanejo, por citar sólo cuatro ejemplos. Esto, sin considerar las legendarias Islas Marías, prisiones insulares. Se trata, por supuesto, de proyectos sustentables, apegados estrictamente a la ley, con respeto a los derechos adquiridos de sus poblaciones, en su caso, y a la irrestricta preservación del medio ambiente.

De acuerdo con los principios constitucionales (Arts. 27, 42 y 48), la jurisdicción de este territorio pertenece al gobierno de la Federación, salvo aquellos que fueran administrados por las entidades antes de promulgarse la Constitución de 1917. Actualmente se rigen por lo que respecta a su administración por la Secretaría de Gobernación, y por la Secretaría de Marina, en cuanto hace a su vigilancia y seguridad nacional, de acuerdo a las distintas leyes y reglamentos que les conceden tales facultades. De lo anterior se deduce, como una primera premisa, que las islas no constituyen parte de los 17 estados costeros nacionales, sino que se admite que puedan acceder, mediante el régimen de concesiones, convenios, autorizaciones o alguna otra figura jurídica, cualquiera de las entidades de la República que constituyen el Pacto Federal. Por tanto, no pueden deducirse acciones de competencia jurisdiccional por parte de las citadas entidades federativas y menos por personas físicas o personas morales. Así las cosas, puede darse el supuesto legal de que entidades como el Estado de México, Nuevo León o Coahuila, si presentan un plan turístico sustentable y apegado al derecho, puedan desplegarlo tratándose de materia insular. Obviamente, si fuera el caso, sería necesario un detallado marco normativo que motivara y fundara, constitucional y legalmente, la opinión aquí expuesta.
En la opinión de muchos estudiosos sobre las islas de México, nuestros gobiernos, desde la época de la Independencia, han sido omisos en su regulación, atención y administración, por lo que no puede señalarse su incorporación definitiva a nuestro desarrollo. Constituye, pues, una oportunidad histórica para el actual gobierno federal expandir el turismo nacional mediante proyectos turísticos sustentables, basados en estudios técnicos, económicos, financieros, sociales y ambientales, en aquellas islas que tengan condiciones apropiadas, mediante la infraestructura indispensable y factores que las favorezcan. Al margen de lo anterior, se detonarían fuentes de empleo, el atractivo de un nuevo impulso de los destinos turísticos nacionales, derrama de ingresos del turismo social e internacional, paso de cruceros y demás beneficios que conlleva el desarrollo regional.
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